Cenotes y abejas, posibles sujetos de derechos: una vía para frenar a granjas e inmobiliarias
Publicado 4 septiembre, 2026
Al atraer los litigios de Homún y Hopelchén, la Suprema Corte se encamina a otorgar personería jurídica a la naturaleza en la península de Yucatán. Esto implicaría un hecho legal inédito para México. De ocurrir, establecerá un cambio de paradigma que alentará las posibilidades de frenar la contaminación que genera la actividad de las factorías de carne y el uso irrestricto de plaguicidas. Y pondría coto a los desarrollos inmobiliarios que atentan contra el patrimonio biocultural del pueblo maya.
La reciente decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de asumirse competente para discutir y establecer una sentencia sobre tres asuntos emblemáticos ligados al reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos, la protección de la bioculturalidad de los pueblos indígenas, y la tutela del patrimonio ambiental por parte de esas mismas comunidades, abre una posibilidad inédita de establecer un freno a la expansión del agronegocio, los desarrollos inmobiliarios y los megaproyectos en la península de Yucatán.
Sobre la relevancia de esa oportunidad coinciden expertos legales, referentes de las comunidades mayas peninsulares, e integrantes de colectivos sociales, quienes destacan que un pronunciamiento en favor del territorio y todo lo que habita en él también representaría un hito para México, que viene dando muestras de retraso respecto de otros países en cuanto al resguardo legal de los actores o elementos naturales.
Claro que también hay lugar para la cautela: las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, coinciden las fuentes consultadas por Jaltun, no llegarán de inmediato.
Y, de ocurrir pronunciamientos en sintonía con lo que solicitan las comunidades, luego restará saber cómo se llevará a la práctica lo dispuesto por la máxima autoridad judicial del país, en qué tiempos, bajo qué presupuesto, y qué ocurrirá con las iniciativas extractivistas que acumulan años depredando la península.
Los casos de la península de Yucatán que serán revisados por el máximo tribunal
Por lo pronto, la decisión de principios de julio informada por la Suprema Corte revisará tres asuntos que conviene repasar antes de analizar en profundidad las implicancias de ese movimiento.
El primero tiene su origen en la lucha del pueblo maya de Homún contra la expansión de la industria porcícola dentro de la Reserva Geohidrológica Anillo de los Cenotes, una de las principales reservas de agua dulce del país. En ese caso, se indicó desde el centro de derechos humanos Utsil Kuxtal, se solicita el otorgamiento de personalidad jurídica a esa área, que constituye un ecosistema altamente vulnerable debido a la naturaleza kárstica del territorio.
En la reserva operan al menos 350 granjas porcícolas, según reconoce la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat). Y que acumulan años contaminando el agua y aniquilando la biodiversidad en torno a los cenotes.
“El reconocimiento del Anillo de los Cenotes como sujeto de derechos implicaría también reconocer la estrecha relación que el pueblo maya mantiene con este territorio y establecer un modelo de protección en el que las comunidades ejerzan un papel de guardianas y custodias de estos ecosistemas”, indicó la organización.

El segundo asunto aborda la incompatibilidad de la expansión de la industria porcícola con la protección de ecosistemas altamente frágiles. “Este caso tiene como antecedente la lucha emprendida por niñas, niños y adolescentes del pueblo maya Homún, en Yucatán, quienes desde 2018 obtuvieron la suspensión de operaciones de la megagranja porcícola PAPO (Producción Alimentaria Porcícola), convirtiéndose en uno de los litigios ambientales más emblemáticos del país”, se detalló desde Utsil Kuxtal.
La Suprema Corte tendrá como tarea evaluar si la instalación de la factoría de cerdos en un área establecida como sitio Ramsar, esto es, clave por su valor ecológico, hídrico y cultural, vulnera “los derechos humanos al agua, al medio ambiente sano, a la salud, a la identidad cultural, a la libre determinación del pueblo maya y al interés superior de la niñez”.
El tercer caso refiere a Hopelchén, en Campeche, donde prolifera el exterminio de abejas y otros polinizadores a partir del uso de agrotóxicos como el insecticida fipronil y distintas formulaciones de neonicotinoides.
El pedido de las comunidades mayas de la zona es que las abejas sean reconocidas como sujetos de derechos, en un intento por preservar la continuidad de especies que asoman al umbral de la extinción y, en paralelo, fijar límites al envenenamiento generalizado que surge de un agronegocio basado en el culto a los plaguicidas, la fertilización artificial y la siembra extensiva de commodities en muchos casos basados en semillas manipuladas en su genética.
“La petición trasciende la función ecológica que desempeñan como polinizadoras. Para el pueblo maya, las abejas forman parte de un patrimonio biocultural construido durante siglos, estrechamente relacionado con la apicultura tradicional, la alimentación, las prácticas rituales, el conocimiento ecológico y la identidad cultural de las comunidades”, amplió un comunicado de Utsil Kuxtal.
La relevancia de que la Suprema Corte atraiga estos casos
Lourdes Medina Carrillo es coordinadora del área de defensa integral de la misma organización y referencia ineludible al momento de profundizar en los alcances de lo establecido por la Suprema Corte y sus implicancias para la península.
En entrevista con Jaltun, la experta subrayó que la atracción de los casos por parte de la máxima autoridad jurídica del país es algo inédito, ya que a nivel nacional los avances en términos incluso de legislaciones regionales han sido prácticamente nulos.
“Es la primera vez que la corte constitucional de México abrirá y analizará casos que no se acotan únicamente a hablar de los derechos humanos, sino que esto debe ser interpretado como una reconfiguración del derecho a un ambiente sano a nivel nacional. Actualmente, este último derecho establece ciertas protecciones sólo porque se considera al ambiente un espacio que le da servicio al humano”, explicó.
“Eso significa que cuando las personas van a un juicio a reclamar por un problema ambiental, los jueces siempre piden que se acredite qué daño sufren las personas según la afectación que ocurre en ese ecosistema. No se toma en cuenta el perjuicio en sí mismo que padece la selva, el cenote, las abejas o el río. La reconfiguración que se está generando inaugura la posibilidad de que se inicien juicios para proteger a la naturaleza más allá de que en el mismo proceso se acredite la existencia de daños a personas o sus propiedades. Los jueces deberán actuar si se acredita una afectación de los cenotes o las abejas. Asistimos a un cambio de paradigma a partir de una nueva discusión que se abre en México y la referencia son estos casos que provienen de la península de Yucatán”, amplió.
La especialista comentó que, en el caso del freno judicial a la megagranja de PAPO en Homún y su impacto en los cenotes, la Suprema Corte ahora sí aplicará una mirada más amplia respecto de lo que implica la actividad de las factorías de cerdos y el daño que generan en el ambiente.
Al margen de la sentencia favorable a la comunidad obtenida de los tribunales locales, la atracción podría derivar en un veto a la expansión del modelo de megafactorías de carne —cerdos y aves— en toda el área del Anillo de Cenotes.

“Lo que se buscará en esta instancia es que a partir de lo establecido para Homún la misma Suprema Corte amplíe su criterio y establezca una sentencia que dictamine la inviabilidad absoluta de ese tipo de industrias para el área completa del Anillo de Cenotes. Esto implicaría que dentro de la prohibición de actividad de megagranjas ingresarían al menos 53 municipios incluyendo a Homún”, detalló Medina Carrillo.
“Hablamos de una protección que extendería desde las zonas de recarga de los cenotes hasta su descarga en la costa. Eso implicaría reconocer al anillo como sujeto de derecho, por ejemplo. Se espera que la Suprema Corte, a través de un fallo a favor de las comunidades, establezca medidas efectivas para la conservación, protección y restauración de los cenotes. Las pruebas de la contaminación que sufren esas fuentes de agua ya fueron aportadas en diversas oportunidades y existe evidencia científica nacional e internacional”, dijo a Jaltun.
Al mismo tiempo, sostuvo que el vínculo que tienen los pueblos mayas que habitan la zona también ha sido largamente probado ante los tribunales en diferentes instancias, por lo que se espera que la autoridad judicial tome en cuenta que cualquier mecanismo de protección o decisión administrativa en torno a los cenotes deberá considerar a las comunidades del área y su comprobada guardianía de las fuentes hídricas.
La protección de los cenotes como premisa clave
Medina Carrillo comentó, también, que otorgar la categoría de sujeto de derechos al Anillo de Cenotes permitiría fijar un límite a la ola inmobiliaria que hoy atraviesa a Yucatán.
“Por ejemplo, establecer una protección del área implicará definir zonas donde, para cuidado de los cenotes, no podría estimularse el crecimiento poblacional. Y también se promoverá una evaluación del resto de las actividades que se realicen dentro del anillo, de modo tal que se genere o mantenga todo aquello que sea sustentable o ecológico. Por supuesto que todo esto demandará cambios a largo plazo. Se trata de un cambio de paradigma cuyos resultados tal vez podrán verse en 10 o 15 años”, aclaró.
Un aspecto importante que alienta el optimismo respecto de la futura sentencia de la Suprema Corte está en que los tres casos atraídos acumulan sentencias favorables para las comunidades. Respecto del segundo asunto, relacionado con la incompatibilidad de la actividad porcícola con la seguridad ambiental y sanitaria de Homún, y su impacto en la niñez y adolescencia de dicha población, la expectativa está puesta en que se fijen criterios de protección reforzada para esas franjas etarias en el contexto indígena.
“Ante un panorama generalizado en México, donde las concesiones de agua y mineras ocurren en el 80 por ciento de los territorios indígenas, es clave frenar las afectaciones ambientales derivadas de esas actividades y los megaproyectos en las comunidades indígenas. En sus territorios existe una afectación diferenciada con mayor daño a las infancias y adolescencias, con repercusiones que padecerán a largo plazo. Ahora la Suprema Corte analizará los impactos desde la perspectiva de garantizar derechos humanos fundamentales”, indicó la abogada.
En Homún, el arribo del caso a manos de las y los jueces de la Suprema Corte siembra la esperanza respecto de la posibilidad de que se imponga un tipo de resguardo a la comunidad y el Anillo de Cenotes que ya no pueda ser minado por los extractivismos estatales y privados.

Respecto de esa puerta abierta se refirió Maribel Ek, una de las defensoras del agua más emblemáticas de esa comunidad. “Para mi comunidad esto es muy importante y nos alienta a tener esperanzas y creer en las leyes. Que la Suprema Corte tenga los casos en sus manos nos da la posibilidad de que se proteja el derecho físico y ancestral sobre nuestros cenotes”, comentó a Jaltun.
Reconocida incluso a nivel internacional como guardiana del territorio, Ek remarcó que la protección legal de los cuerpos de agua implica, también, una defensa del vínculo histórico y cultural que Homún mantiene con los cenotes. “Para nosotros los cenotes son sagrados. Los respetamos y les damos el valor que se merecen pues sus entrañas resguardan vida. Y vida es lo que significa el agua para nosotros”, enfatizó.
Ek dijo, además, que la Suprema Corte debe ser determinante en lo que refiere al funcionamiento de las megagranjas que promueven empresas como PAPO. “Han escogido a Yucatán como su sumidero, sabiendo claramente que la península tiene un suelo kárstico muy vulnerable por lo que es más fácil su contaminación. Las aguas residuales de las porcícolas tristemente llegan al manto freático del Anillo de Cenotes en Homún y los pueblos vecinos”, afirmó.
Para luego añadir: “Creo que lo más importante es que se regularice el cuidado de los cenotes, pero siempre respetando la conexión ancestral. Cuidar y proteger el agua, conservar limpios los cenotes, sin dudas beneficiará a la comunidad”.
La protección de las abejas, en la órbita de la Suprema Corte
El pedido de protección a las abejas y su arribo a la órbita de la Suprema Corte es consecuencia de la longeva y persistente lucha de las comunidades mayas en torno a Hopelchén, en Campeche, y las distintas acciones colectivas y judiciales ejecutadas a lo largo del tiempo para frenar el exterminio que sufren los polinizadores. Esto último, por efecto del uso de insecticidas y otros agrotóxicos que llevan a cabo los actores de la agricultura extensiva en esa zona del sureste mexicano.
“La premisa es establecer a las abejas en sentido general como sujetos de derechos. Tanto las especies nativas, la Melipona, como las Apis. La intención es que se cambie el status legal que rige para las abejas, que en México están catalogadas como ganado —bajo la Ley de Organizaciones Ganaderas y su Reglamento, en una categoría que mantiene la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER)— y en cambio se valore su relación ecosistémica”, explicó Medina Carrillo.
“Se espera que la Suprema Corte deje de ver a la abeja como un animal que produce algo económico, que es tal como está catalogada hoy, y su relevancia sea la de polinizador. Ya hubo una sentencia previa, muy buena, que tomaba en cuenta ese cambio. Pero tanto Semarnat como la presidencia incumplieron esa sentencia alegando que no tenían facultades para llevar a cabo la protección de las especies”, agregó.
La experta comentó que la expectativa está puesta en que el máximo tribunal coloque a las abejas en la categoría de especies en peligro de extinción, lo cual activaría la posibilidad de que se multipliquen los mecanismos y acciones legales para resguardar a los polinizadores.
“De esa forma, podrían atacarse las causas que vienen provocando la muerte masiva de las abejas, que en los últimos años responden principalmente a las fumigaciones con agrotóxicos como el fipronil y los neonicotinoides mediante aviones y drones. Se podría avanzar con regulaciones para los usos de esos sistemas de aplicación, que hoy operan sin ningún tipo de límites. Al mismo tiempo, también se establecería la posibilidad de frenar el uso de plaguicidas que aquí se siguen usando y acumulan prohibiciones en el resto del mundo por su probada toxicidad”, expresó.

La biodiversidad maya y la falta de justicia aplicada
Desde el Colectivo Maya de los Chenes, Leydy Pech, una de principales voceras de la organización y de amplio reconocimiento internacional tras obtener el premio Goldman en 2020, acercó a Jaltun una serie de comentarios respecto de la relevancia de que el caso inherente a la protección de las abejas haya sido atraído por la Suprema Corte del país.
“Claro que es relevante, importante. Esperamos que esta decisión tenga una sentencia que pueda garantizar la protección de las abejas como sujetos de derechos. Es algo que esperamos las comunidades que tenemos una historia de cuidado de los polinizadores, y que luchamos por la conservación del territorio porque sabemos que de eso depende la supervivencia de las abejas”, dijo.
“De ocurrir la protección, bueno, será una decisión histórica. Todavía la Suprema Corte no ha llegado a implementar sentencias con una mirada que resguarde la forma de vida de los pueblos y las especies que habitan los territorios. Esperamos que esta apertura que se está dando también lleve a la aplicación de las sentencias. La que obtuvimos en 2015 —que suspendió los permisos otorgados a Monsanto para la siembra comercial de soya transgénica— no se hizo efectiva. Esperamos que si se reconoce un derecho para los pueblos y las especies, ahora eso se lleve a la práctica”, remarcó.
Pech expuso que, en paralelo a lo que decida la Suprema Corte, también aguarda que se detallen con claridad los mecanismos mediante los cuales se implementará lo que sentencie el tribunal. “Existe una deuda de justicia con los pueblos y los territorios. Esperamos que ahora eso cambie, pero si no ocurre igual seguiremos exigiendo y reclamando: es nuestro derecho”, enfatizó.
“Las abejas tienen un trato como ganado que no debería suceder. El aporte de los polinizadores como servicio ambiental no debe ser visto como algo monetario. Son fundamentales para los ecosistemas. Pero aquí se castiga a quien perjudica un ganado, se cuida a la agroindustria, pero no al que mata a las abejas siendo que su labor es lo que permite la continuidad de mucho de la vida en el territorio. Si la intención es resolver realmente los problemas tiene que haber cambios estructurales más allá de las sentencias. No alcanza con que digan que las abejas son importantes, sino que se garantice que continuarán estando, que se cuidarán sus espacios, y que se respetará el vínculo que tienen con nuestros pueblos y su historia”, concluyó.

Naturaleza como sujeto de derechos: casos en el mundo
La decisión de la Suprema Corte de atraer los tres casos que se detallan en este artículo establece la posibilidad de instalar a México dentro del acotado grupo de países que en años recientes han establecido como sujetos de derechos a distintos actores o elementos naturales.
En ese sentido, en 2008 Ecuador abrió el camino en América tras incluir a la naturaleza en esa categoría a partir de una modificación de su constitución nacional. En unos los artículos añadidos a esa estructura normativa, se estableció que “la naturaleza o Pachamama tiene derecho al respeto integral de su existencia, así como al mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos”.
Otra nación pionera en ese sentido ha sido Colombia, que en 2016 otorgó al río Atrato la entidad de sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración. También los ríos Cauca, Combeima, Cocora, Coello, Magdalena, Otún, Pance, La Plata, Quindío y Fortalecillas, todos en el mismo país, se han hecho con fallos en muchos casos locales que buscan replicar lo dispuesto para el Atrato.
Fuera de nuestro continente, el río Whanganui, en Nueva Zelanda, y su similar Tins, en Galicia, España, son dos ejemplos paradigmáticos del reconocimiento de derechos para esos espacios naturales. El primero obtuvo reconocimiento legal en 2017 y a partir de un reclamo histórico impulsado por el pueblo indígena maorí. El segundo, ubicado en el municipio de Outes, alcanzó el estatus de sujeto de derechos el 1° de marzo de 2024 por impulso de la comunidad local y con el apoyo de tres universidades gallegas y el ayuntamiento pertinente.